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¿CUÁNTO VOY A TARDAR EN OBTENER UNA RESOLUCIÓN JUDICIAL?

19 Noviembre 2018

Esta es una de las primeras y más repetidas preguntas que nos hacen los clientes al iniciarse la relación profesional. Quizá la más frecuente, junto con las referidas al importe de nuestros honorarios profesionales y a las posibilidades de éxito de su pretensión; resumiendo, de este modo, las tres claves de todo procedimiento o trámite judicial realizado en interés del cliente: éxito, duración y coste.

Invariablemente, nuestra respuesta tiene que ser necesariamente ambigua o indeterminada, ya que son varios los factores que incluyen en la duración de un procedimiento: órgano judicial competente para resolver el litigio, tiempo de notificación a la otra parte (a veces es complicado localizar y citar o emplazar al demandado), la complejidad del asunto o circunstancias imprevistas (el cambio o baja del juez, la enfermedad de uno de los Abogados, la incomparecencia de los citados como testigos o partes a los juicios, etc.)

No obstante, a pesar de todas esas variables, a partir de ahora tenemos un instrumento que nos puede servir, sino para fijar el tiempo exacto de duración de un proceso judicial, sí al menos para hacer una estimación aproximada del mismo. Y es que el Consejo General del Poder Judicial ha publicado, por primera vez en su historia, los datos correspondientes al tiempo medio estimado que los Juzgados y Tribunales tardan en resolver los procedimientos.

Se trata, obviamente, de una información meramente estadística, que de momento baja solo al detalle de las Comunidades Autónomas; ni siquiera llega al nivel provincial, cuando lo deseable sería que facilitara datos al menos por partidos judiciales. Sí, en cambio, muestra los datos por tipo de Órgano judicial y por materia o asunto de que se trate.

Debemos, pues, interpretar los datos con las debidas reservas, aunque, al menos, tenemos ya una base para estimar la duración media o aproximada de un procedimiento judicial y responder, con cierto fundamento, a la pregunta que sirve de título a este breve comentario.

La herramienta que comentamos ha sido elaborada por el Servicio de Estadística Judicial del CGPJ y puede consultarse por cualquier ciudadano en el Portal de Transparencia, accediendo a través del siguiente enlace:

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Temas/Transparencia/Estimacion-de-los- tiempos-medios-de-duracion-de-los-procedimientos-judiciales/

Alfonso Pérez Portero
ARACO ABOGADOS Y ASESORES

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